
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a extender el plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. Se trata de la sexta prórroga dispuesta por el organismo y establece como nueva fecha límite el 16 de noviembre.
La decisión se tomó en medio de las demoras para implementar los cambios introducidos por la Ley de Inocencia Fiscal II, una iniciativa que busca facilitar la incorporación al sistema formal de los ahorros que permanecen fuera del circuito financiero, conocidos como los «dólares del colchón».
La extensión responde, además, a los pedidos de contadores y tributaristas, que advertían que el tiempo disponible no alcanzaba para aplicar las modificaciones y completar los trámites necesarios.
La presentación de la declaración jurada de Ganancias 2025 ya había pasado por varias modificaciones. Inicialmente, el plazo se extendió al 27 de julio y luego se trasladó al 27 de agosto, al 22 de septiembre, al 13 de octubre y al 30 de octubre. Ahora, el organismo fijó el 16 de noviembre como nueva fecha límite.
Uno de los motivos centrales es que todavía quedan disposiciones pendientes para completar el funcionamiento del Régimen Simplificado de Ganancias.
El 26 de octubre, ARCA publicó la Resolución General 5916, que incorporó nuevas pautas para aplicar los cambios previstos en la Ley de Inocencia Fiscal II. Sin embargo, los especialistas señalaron que todavía faltan definiciones de otros organismos y precisiones operativas.
Entre los puntos pendientes se encuentra la reglamentación de la Unidad de Información Financiera (UIF), que debe establecer cómo actuarán bancos, escribanos y agentes del mercado de capitales frente a operaciones con fondos que no estaban depositados en el sistema financiero.
La normativa de la UIF es considerada clave para quienes quieran utilizar ahorros en dólares que permanecieron fuera del sistema financiero. La ley contempla un mecanismo de protección frente a eventuales cuestionamientos de ARCA, pero los sujetos obligados todavía deben cumplir con sus procedimientos de prevención del lavado de activos.
Por eso, los especialistas advierten que aún falta conocer cómo deberán evaluar esas operaciones las entidades financieras y otros actores del sistema.
El plazo legal para que la UIF dicte la normativa correspondiente vence el 2 de noviembre, según el cálculo citado por los tributaristas.
También quedan pendientes aspectos vinculados con la información patrimonial que deben presentar determinados funcionarios públicos y grandes contribuyentes, además de ajustes en los sistemas y herramientas para realizar las declaraciones.
La Ley de Inocencia Fiscal II amplió las posibilidades de adhesión al Régimen Simplificado de Ganancias y modificó las condiciones para acceder a sus beneficios.
Entre sus principales características, el esquema busca simplificar la presentación de las declaraciones juradas y establecer una presunción de exactitud sobre la información declarada, bajo determinadas condiciones.
El objetivo del Gobierno es incentivar que los contribuyentes utilicen sus ahorros sin temor a que ARCA cuestione automáticamente el origen de los fondos. Sin embargo, la posibilidad de operar con ese dinero también depende de las reglas que deben aplicar los bancos y otros sujetos obligados.
Con la nueva prórroga, los contribuyentes tendrán más tiempo para presentar sus declaraciones de 2025, mientras el Gobierno completa las disposiciones necesarias para poner en marcha el esquema.




